J. C. y C. –
PROMUEVO JUICIO EJECUTIVO
, Matr. Prof. Nº ,
abogado, constituyendo domicilio legal en el estudio jurídico sito
en la calle …, … Piso, Oficina .., de
esta ciudad, a V.S. respetuosamente me presento y DIGO:
I.- PERSONERIA: Que conforme lo acredito con la copia de poder general
para asuntos judiciales que acompaño al presente, declarando bajo juramento de
ley que la misma reproduce fielmente su original que se encuentra en plena
vigencia y validez, el BANCO ……………. SOCIEDAD
ANÓNIMA, CUIT Nº………….., con domicilio en la calle ………….. Nº… de la ciudad
de Buenos Aires, me ha otorgado mandato suficiente para que lo represente
judicialmente.
II.- OBJETO: Que en tal carácter y en cumplimiento de expresas
instrucciones recibidas de mi mandante vengo por este acto a promover formal
juicio ejecutivo contra el Sr. …………….., D.N.I. Nº ……………, con domicilio
en la calle ……………. Nº ………, de la Ciudad de Resistencia, Provincia de Chaco,
tendiente al cobro de la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS CINCO CON SIETE CENTAVOS ($42.905,07) con más lo que corresponda
por los intereses expresamente pactados por las partes en el instrumento
cartular; gastos, IVA, demás accesorios que correspondan y costas del juicio,
desde la fecha de presentación al cobro de los mismos, y hasta la fecha de su
efectivo e íntegro pago.
III.- La deuda reclamada en autos surge de UN (1) PAGARE, con cláusula
sin protesto, librado a la vista por el ejecutado, el Sr. ………………, a la orden del BANCO ……………..S.A.
con fecha 07/08/2013, por las sumas de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL
CUATROCIENTOS ($44.400,00).
Si bien el ejecutado realizó pagos parciales a cuenta de
la deuda documentada en el pagaré ejecutado, al 05-12-2013 continuaba
adeudando a mi mandante la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS
CINCO CON SIETE CENTAVOS ($42.905,07) por lo que ante dicha falta de pago,
el mencionado pagaré fue presentado al cobro a la ejecutada con esa fecha, es
decir el 05-12-2013, sin que el importe reclamado fuera abonado a mi
poderdante.
Teniendo en cuenta que a partir de la fecha indicada
el ejecutado se encuentra en mora, solicito se aplique
desde la misma, sobre el importe de capital reclamado y hasta el momento del
efectivo pago, los intereses expresamente pactados por las partes en los
pagarés que sirven de base a la presente ejecución.
IV.- DERECHO. Fundamos el derecho de nuestra parte en los arts. 3º y ss. de la ley 6002, disposiciones
aplicables de la Ley 5965/63, del Código de Comercio, art. 498 s.s. y c.c. del
C.P.C.C., y demás normas de fondo y forma aplicables y en la doctrina y
jurisprudencia relativas a la materia.
V.- DENUNCIO A EMBARGO: En uso de las facultades
conferidas por el art. 8 de la Ley 6002, vengo por el presente a denunciar a
embargo los haberes y/o emolumentos que el Sr. ………….., tenga a percibir como
dependiente de la DIRECCION
NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, CUIT Nº 30-54667154-9, sita en la calle Dr. Juan José
Paso Nº 550 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitando se ordene librar
recaudo pertinente a la patronal, a fin de la toma de razón de la medida
denunciada precedentemente.
VI.- PETITORIO: Por todo lo expuesto de V.S. solicito:
1.- Se tenga por presentado, parte, en el carácter
invocado, con domicilio legal constituido y por denunciado el real.
2.- A los fines pertinentes informo bajo juramento, la
condición frente a la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), CUIT Nº …..
como Responsable inscripto/Monotributista .
3.- Se reserve en Caja Fuerte del Juzgado la documental
acompañada dejándose en autos copia certificada por Secretaría.
4.- Por promovida formal demanda ejecutiva en los términos
expuestos en el punto II del presente, se dicte sentencia monitoria, se mande a llevar adelante la ejecución contra
la ejecutada, por la suma reclamada en concepto de capital original, con más lo
que V.S. estime provisoriamente para atender los intereses peticionados y las
costas del juicio.
5.- Se trabe a embargo conforme lo requerido en el punto
V.
6.- Se regulen honorarios profesionales al letrado
interviniente y se fijen costas provisorias.
PROVEER DE CONFORMIDAD. SERÁ JUSTICIA.-
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