Esquema de demanda

CATEDRA “A” PRACTICO
DERECHO  PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL

Graciela María Gómez  Vara de Ingaramo
                                                                              Abogada

TRABAJO PRACTICO: ESQUEMA DE DEMANDA

Para redactar una demanda ordinaria, hay que considerar  luego de escuchar atentamente el caso presentado por su cliente, qué documental debemos solicitar o tendremos que conseguir para que sea acompañada al memorial de demanda; los diferentes supuestos que se dan con esta prueba. También veremos cómo debemos preparar su presentación y dónde debemos presentarla según cada jurisdicción o circunscripción.

Por supuesto que para ello damos por sabido por Uds. la parte teórica de lo que debe contener la demanda (art. 330 del CPCN) y lo relativo al ofrecimiento de la prueba de que intentarán valerse (art. 333 sgtes. y ccdtes. del CPCN), recordando que, con la última reforma introducida al código de procesal civil y comercial de la Nación por Ley 25.488 vigente desde el 22/5/02 al haberse derogado el proceso sumario se tendrá la carga de ofrecer también en esta oportunidad las restantes pruebas con sus correspondientes requisitos, tal como lo prescribe el art. 333.

Esta situación debe ser especialmente tenida en cuenta en el caso del fuero federal al momento de la redacción de la demanda, dado que hasta la fecha esa reforma no fue introducida en los restantes códigos procesales de las provincias

Ahora bien, quiero hacerles notar que deben tener especialmente en cuenta que el proceso de elaboración de una demanda comienza ya desde el momento en que llega un cliente al estudio requiriéndoles sus servicios. 

Deben dejar que el cliente les narre, con el mayor grado de detalle posible, el problema jurídico que lo trae al Estudio. 

Uds. toman nota del caso y los interrogantes que les va planteando la cuestión. No interrumpan la narración de los hechos que les vaya haciendo el cliente porque eso puede hacerle perder la ilación de la cuestión.

Una vez finalizada la exposición del cliente, deben revisar conjuntamente con él la narración de los hechos haciéndole preguntas que tiendan a completar y/o aclarar la secuencia de los hechos presentados, de modo tal que luego podamos exponer en la demanda con claridad la ocurrencia del suceso o concatenación de hechos de que se trate.

Luego se le va a preguntar al cliente sobre las pruebas que tiene en su poder o de otras que conozca, aclarará las pruebas documentales que tiene consigo, las que tienen terceros, ya sean particulares, instituciones oficiales o privadas y las que también podrían estar en poder de la contraria a demandar.

También, a partir de la reforma que les comentara, introducida en el Código de Procedimientos de la Nación, lo interrogaremos sobre los testigos que pudieran saber del hecho.

Los peritos serán pedidos según las necesidades del caso, sin perjuicio de lo cual  les hago notar que hay situaciones en las que debemos recurrir al auxilio de un experto para que nos ayude en la preparación de la prueba, o nos explique los alcances y consecuencias de cuestiones específicas de la demanda, que deban ser expuestas en términos propios de la especialidad de que se trate.

 A los fines de la debida legitimación del actor, debemos preguntar al cliente sus datos completos, incluidos los tributarios en el caso de la provincia de Corrientes.

También debemos interrogar al cliente si es el único actor o hay otra persona que lo acompaña en su pretensión, si él lo hace por sí o en representación de otra persona, si el cliente es el actor o el actor es una persona jurídica? Y en este último caso deberemos acreditar su personería.

Asimismo deberán tener presente cómo van a actuar Uds. como letrados en el proceso, si lo van a hacer simplemente como letrados patrocinantes o como letrados apoderados. En este último caso deberán preparar la minuta de poder (con una síntesis de las facultades que se requieren y la identidad de los letrados) para que se la presente al escribano que intervendrá en el otorgamiento del mismo.

Por último deberán indagar bien quién es el demandado, si es una persona física o jurídica. Si hay terceros que deban ser citados a juicio.

De ser posible el cliente deberá brindar los datos completos del demandado, esto es nombre y apellido completos, identidad y domicilio, sin perjuicio de que verifiquemos la exactitud de los mismos, a través de información institucional, como ser el padrón electoral.

A los fines de una mayor prolijidad que posibilite una rápida y descansada lectura y comprensión, que cada capítulo se inicie previo un doble espacio, que los distintos párrafos no excedan de diez renglones para concluir con un punto aparte.

Los distintos capítulos deben ordenarse con números (arábigos o romanos) o letras, con excepción de la suma y la presentación. Cada capítulo llevará un título que lo identifique, de modo que pueda verse claramente la exposición de los distintos puntos integrantes de la demanda.

Esto se aplica de acuerdo a la práctica y gusto de cada profesional, pero por un problema de orden y prolijidad en la presentación conviene tenerlo bien presente.

Yendo al memorial de demanda, tenemos que:

la Suma, que es la Síntesis del contenido del escrito, será por ej. Promuevo Demanda de Prescripción Adquisitiva

Luego viene el Tratamiento: qué como sabemos es el modo en qué se van a dirigir al Juez.

SEÑOR JUEZ:

A continuación: la Presentaciónen este punto recuerden se consigna quién se presenta. 
Si el letrado se presenta como apoderado, la demanda comenzará con su nombre y apellido, número de matrícula, CUIT (este es un requerimiento reciente vigente en la Justicia Ordinaria de la Provincia de Corrientes), y domicilio ad litem o procesal.
En el supuesto de que el abogado actúe como letrado patrocinante, comienza con el nombre del patrocinado, debiendo aclarar si es el actor o un representante del mismo, su identidad, domicilio real, consignándose que comparece por sus propios derechos o también si lo hace en representación de una persona jurídica. Luego se consignará que es con el patrocinio letrado del Dr….. constituirá el domicilio procesal.

Seguidamente viene la

I.- Personería: Como sabemos, en este punto el abogado acredita su calidad de letrado apoderado con la pertinente escritura de poder, que puede ser general o especial, o con un poder apud acta (otorgado ante el juzgado). En este capítulo se consignarán todos los datos del mandante y se denuncia su domicilio real (redactar dictando).

II.- Objeto: Como este punto se refiere a la finalidad del escrito, el código de rito nos ordena incluir la cosa demandada, designándola con toda exactitud. Esto es, la pretensión concreta, lo que queremos que se resuelva a nuestro favor en la sentencia a dictarse.

Por ejemplo: Que siguiendo expresas instrucciones recibidas de mi mandante vengo por este a promover demanda de prescripción adquisitiva del inmueble  inscripto ......... contra…. Y allí indicamos con precisión el nombre, apellido y domicilio del demandado o demandados si fueren varios o en su caso el nombre de la razón social, domicilio.

Ahora bien, qué sucede si su mandante les dice que no conoce el domicilio exacto del demandado, udes. en ese caso podrán pedir informes a la policia, secretaria electoral del Juzgado federal, lugar dónde trabaja.

Pero si su resultado es aún negativo o incompleto el código de rito establece dos posibilidades una a través de la información de las diligencias preliminares establecida en el art. 323 inc.1 que puede ser antes o conjuntamente con la demanda o la notificación por edictos para demandados inciertos o con domicilio o residencia ignorados (art. 145/146/146 y 342).

Sin embargo no debemos olvidar que el art. 330 inc. 2 es terminante en cuanto al contenido que debe tener el escrito de demanda, que es ni más ni menos que salvaguardar el adecuado y amplio ejercicio del derecho de defensa de aquel contra quien se la dirige.


III.- Los hechos: Es el cuerpo central de la demanda. 
El código en el art. 330 inc. 4 nos dice que en nuestra demanda debemos redactar los hechos en que nos fundamos, explicándolos claramente. La redacción de los escritos judiciales debe ser sobria, precisa, tratando siempre de narrarlos en forma afirmativa, ya que las pruebas y la sentencia van a versar sobre las afirmaciones que las partes han realizado.
Debe ser objetiva, despersonalizada, recordemos que nosotros no tenemos tribunales por jurado y que el juez es juez de los hechos y del derecho.
Los jueces no se impresionan por el lenguaje de los escritos sino por las pruebas que se aporten.
Y también de manera cronológica y no intercalando distintas épocas, introduciendo indicios que hagan obvio la conclusión final, evitando siempre contradicciones. 

Entonces vamos a comenzar indicando las circunstancias de tiempo y lugar por las que el actor y demandado se ligan por una relación jurídica, o por las que el actor se ve lesionado por un acto u omisión de la otra parte.
Luego, deberán pasar al nudo de la historia, contando el desarrollo de la relación y por último el desenlace o conclusión del que surgen la lesión jurídica y la responsabilidad, culpa o imputabilidad por la que se reclama ante la jurisdicción.

Por ejemplo si se tratara de una demanda de prescripción adquisitiva, diremos: (redactar dictando)

Recuerden chicos lo que dice el art. 377 que incumbirá la carga de la prueba a la parte que afirme la existencia de un hecho controvertido o de un precepto jurídico que el juez o tribunal no tenga el deber de conocer.

De este modo, cuando planteamos los hechos tenemos que ver cuáles debemos probar, cuáles nos conviene probar y cuáles están exentos de prueba.

Es importante consignar aquellos hechos que conduzcan al logro de una sentencia favorable.

IV.- Pruebas: Conforme al art. 333 debemos acompañar toda la prueba documental en nuestro poder 

Documental: Por ejemplo diremos: se tenga como parte integrativa de la presente demanda la siguiente documental: y detallamos la misma en forma clara y con cantidad de fs.

Si algún documento no estuviera en poder de su cliente o a su disposición, la deberán individualizar, indicando su contenido, el lugar, archivo, oficina pública o persona en cuyo poder se encuentra, aún podría estar en poder del demandado y en ese caso deberán intimarlo a que lo presente en juicio.

Si se tratare de una prueba documental oportunamente ofrecida, una vez interpuesta la demanda, se puede pedir directamente  a entidades privadas y sin necesidad previa de petición judicial y mediante oficio en el que deberán transcribir este artículo, el envío de la pertinente documental o una copia certificada, la que deberán remitirla directamente a la secretaría del Juzgado con transcripción o copia del oficio. 

Por la reforma introducida por la Ley 25.488, en el juicio ordinario también tienen la carga de ofrecer la restante prueba, es decir los demás medios de prueba de que intenten valerse, cumpliedo en este ofrecimiento con los requisitos establecidos para cada medio de prueba. Por ejemplo:                       

Hablar de la documental según los casos de juicios (documental exigida por la ley como requisito de demanda caso prescripción adquisitiva y caso de documental acompañada por voluntad de la parte) 

Confesional: Pedirán al juez que fije audiencia de día y hora a fin de que comparezca a absolver posiciones el demandado a tenor del pliego de posiciones que oportunamente presentarán y bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de injustificada incomparecencia.

Si ofrecen la Prueba Testimonial: se indicará qué extremos quieren  probarse con la declaración de cada testigo y pedirán que el juez fije audiencias de día y hora a fin de que presten declaración testimonial a tenor del interrogatorio que oportunamente se presentará para las siguientes personas, consignando nombre y apellido, profesión domicilio y si conocieran el número de documento de identidad también lo consignan, aunque no es un requisito su denuncia.

Tratándose de la prueba pericial, deberán especificar la especialidad y proponer los puntos de pericia.

Y así sucesivamente podrán ofrecer todas las pruebas que creyeren conveniente a la causa. 

V.- Derecho:  sirve para completar el marco y fijar primariamente cual es la norma que se considera lesionada, o que nos concede la posibilidad de reparación judicial sobre la que se asienta la pretensión. 
En el derecho se citan en forma sucinta las  normas aplicables al caso, sin repeticiones innecesarias. Se considera y se consigna también si lo creen necesario, la jurisprudencia y doctrina pertinente.

Quiero recordarles, como vieron en la teoría, que la cita del derecho aplicable en la demanda tiene una particularidad especial, pues el error, insuficiencia u omisión de su cita no altera la demanda, por el principio iura novit curia es decir “el juez conoce el derecho”

Sin embargo recuerden que la fundamentación del derecho es conveniente tanto como un elemento más en la consideración del juzgador, por cuanto posibilita una mejor ubicación en la cuestión judiciable y permite enlazar adecuadamente la pretensión con los hechos y el verdadero alcance de la misma.

VI.- Reserva del Caso Federal: Para poder llegar eventualmente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante el recurso de inconstitucionalidad deberán ya introducir la cuestión federal explicando la situación, norma constitucional violada, en qué supuesto se produce y dar el fundamento claro, concreto y circunstanciado de la pretensión que en este sentido se arguye.

VII.- Otras cuestiones (si las hubiera): Pueden también en la demanda señalarse algunas cuestiones tales como la competencia, intereses, prueba anticipada o medidas probatorias

VIII.- Petitorio:
El código de rito nos dice que la demanda deberá incluir “la petición en términos claros y positivos” que no es otra cosa que el petitorio. Este es un resumen claro claro y concreto que lleva un reclamo positivo, que se enumera  y que se incluye bajo el acápite de PETITORIO:

Por todo lo expuesto de V.S. solicito:

Con relación a la primera petición deberán tener presente si su cliente se presentó por derecho propio u otorgando poder.

En el primer supuesto dirán

1.- Se me tenga por presentado, parte, con mi domicilio real denunciado y constituído el procesal.

O Se me tenga por presentado, por parte en mérito al poder acompañado, con domicilio real denunciado y constituído el procesal.

En el segundo supuesto pedirán la admisión procesal de la demanda. 

2.- Se tenga por promovida formal demanda de prescripción adquisitiva y se corra traslado con las copias, por el término y bajo apercibimiento de ley.

En el tercer párrafo se pide que se agregue la documental y se tenga por ofrecidas las pruebas restantes y si es necesario la reserva de documentos originales en caja fuerte del Juzgado también lo solicitan.

3.- Se agregue la documental acompañada y se tenga por ofrecidas las pruebas restantes.

4.- Se tenga presente la introducción del caso federal planteada en el punto V.-

Y si no hay más peticiones que formular,  por último viene la petición sobre la pretensión y si bien no es necesario pedir las costas por el principio objetivo de la de la derrota, nosotros lo vamos a pedir, entonces diremos

5.- Oportunamente, se haga lugar a la presente demanda en todas sus partes, con costas. 

Cerramos nuestro escrito de demanda de manera convencional y tradicional poniendo

Proveer de conformidad
            Será Justicia


Firma y Sello del actor si actuara por derecho propio y firma y sello del abogado.
O sólo firma y sello del abogado.

Puede suceder que nos hayamos olvidado de algo, de ser así pondríamos la leyenda 

otro si digo, y a continuación se indica lo que sea necesario, se agrega TAMBIEN SERÁ JUSTICIA y se vuelve a firmar.

Desde que tenemos computadora es difícil que existan enmiendas, entre líneas o testados pero de ser así, deberán ser salvadas o enmendadas y luego firmados.

 Cómo debemos compaginar o armar una demanda?:

Lo primero que debemos hacer es volver a leerla, revisarla que todo este correcto, 
Integrarla con la documental que decimos acompañar, luego, hacer tantas copias como partes demandadas haya, más una copia que luego de tener la recepción del Juzgado se guardará en la carpeta de su cliente en el estudio.

Y quizás haya que hacer un juego más de la documental que se acompaña si los originales son reservados en caja fuerte, en ese caso un juego de fotocopias deberá  agregarse al expediente.

Recuerden que dentro de las copias debe considerarse también el poder.

Las copias deben hallarse firmadas por la parte, su apoderado o el abogado patrocinante, salvo que uds. hubiesen pedido eximición de copias para traslado de la documental,  en este último caso sólo deberán acompañar copia de la demanda y del poder.

El pago correspondiente a la tasa de justicia y el aporte al Colegio Público de Abogados.

 La presentación: qué va primero, donde ubicamos la demanda, bueno para ello tienen que ver como es la práctica en cada jurisdicción, pero como regla general, primero será el pago de las tasas, luego el poder, (si lo hubiera)  escrituras en caso de personas jurídicas, la documental como Uds. la han enumerado en la sección prueba documental y en último lugar irá la demanda.

También hay que tener presente si en los Tribunales dónde Uds. en un futuro trabajen, existe o no una mesa de entradas Unica informatizada,

a) Si no existe, la demanda deberá presentarse ante la Mesa de Entradas y salidas del Juzgado competente en razón del monto y materia y que se encuentre de turno en ese momento.

b) Si existe, aquí también deberán tener presente la modalidad que en cada lugar por Acordadas los superiores tribunales establezcan por ejemplo,

Resistencia, en la Mesa de entradas informatizada se presenta un formulario completado con los datos del actor, demandado, apoderados, domicilios, materia y especialidad, monto si fuere necesario, se hace referencia si existen causas relacionadas, y un sobre cerrado con la carátula y descripción de su contenido, en el va la demanda con toda la documental.  

Corrientes,  también existe una Mesa de entradas Única para el fuero civil, comercial, laboral, sólo se presenta el formulario con la demanda y una vez sorteado el Juzgado y asignado el número de expediente, udes. con un escrito que lo presentan ante la mesa de entradas y salidas del Juzgado sorteado, acompañan en el orden señalado en su demanda, toda la documental. Este escrito con la documental, luego se anexa al de demanda que es remitida por la Mesa de Entradas Única.




Comentarios